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Solidaridad con las y los trabajadores del Banco Provincia

La AJB convoca a las y los judiciales a sumarse a la campaña por la derogación de la reforma del régimen jubilatorio del Banco Provincia y el respeto del Art. 40 de la Constitución, promovida por las y los trabajadores de la entidad bancaria provincial.

ago 13, 2020

A través de una campaña electrónica de recolección de firmas, la “Comisión de Defensa del Banco, la Caja y los Servicios Sociales” creada por las y los trabajadores del Banco Provincia, reclama al Poder Ejecutivo provincial el cumplimiento del Art. 40 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y la derogación de la Ley 15.008.

Apelando a la solidaridad entre trabajadoras y trabajadores, la AJB adhiere a la misma convocando a las y los judiciales a firmar la petición ingresando al siguiente link:

https://bit.ly/FirmáPorElBancoProvincia

Cabe recordar que mediante la sanción de la ley 15.008, motorizada por el gobierno de María Eugenia Vidal en diciembre de 2017, se aprobó una reforma integral al sistema jubilatorio del BAPRO que, en línea con las iniciativas de “armonización” con el régimen general de la ANSES, entre otras modificaciones estableció un aumento de la edad jubilatoria de 60 a 65 años de edad para varones y mujeres, a implementarse de manera gradual.

También modificó radicalmente a la baja el cálculo del haber inicial, reduciendo del 82 al 70% el porcentaje del haber del activo, que además dejó de calcularse sobre el haber correspondiente al cargo ocupado durante un período mínimo de cinco años y se reemplazó por un promedio actualizado de los últimos diez años de trabajo.

Por otra parte dispuso que la movilidad jubilatoria pierda la referencia a los aumentos salariales obtenidos por las y los trabajadores activos, la que fue reemplazada por la fórmula de actualización del Régimen Previsional Público de la ANSES.

En cuanto al pedido de cumplimiento del Art. 40 de la Constitución provincial, que establece que “la provincia ampara los regímenes de seguridad social emergentes de la relación de empleo público provincial”, por imperio de la modificación impuesta por la ley 15.008 se establece que el Banco de la Provincia de Buenos Aires es el eventual garante de dichas remuneraciones, sosteniendo con sus utilidades el déficit operativo de la Caja de Jubilaciones producido como resultado de la aplicación de diversas políticas gubernamentales que la llevaron a esa situación.

A esto debe sumarse que la Ley 15.008 impone al Banco la obligación de una contribución adicional en su carácter de empleador del 7% sobre las remuneraciones de las y los empleados -sobre la normal del 16%-, lo que pone en riesgo la subsistencia del Banco dentro de las normas que rigen el funcionamiento del sistema financiero y por ende el propio sistema de seguridad social existente.

Las y los trabajadores del Banco resaltan la necesidad de generar un profundo debate de las partes interesadas previo a una discusión legislativa que logre la sanción de una nueva ley que ponga justicia, equidad y previsibilidad al sistema.

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