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PRESENCIALIDAD NO ES NORMALIDAD

La Comisión de Peritos de la AJB manifestó su preocupación en relación a la resolución 1651/21 de la Suprema Corte que dispone restablecer el régimen de trabajo presencial en el Poder Judicial.

oct 13, 2021

Pese al avance del programa de vacunación contra el Covid–19 y el descenso en la cantidad de contagios y muertes, la pandemia no ha sido superada. En este contexto y dado que la resolución 1651/21 de la Suprema Corte establece una mayor presencialidad, desde la Comisión de Peritos de la AJB manifestaron ciertos reparos y recomendaciones tendientes a cuidar la salud de las y los trabajadores del sector.

De acuerdo al Protocolo de Actuación y Seguimiento por el Covid–19 y las recomendaciones realizadas por la Dirección de Sanidad, la presencialidad debe estar condicionada por el respeto a las medidas básicas de prevención: distanciamiento mínimo de dos metros entre personas, utilización de ambientes con ventilación constante, provisión en cantidad y calidad suficientes de elementos de protección personal (EPP), limpieza e higiene diaria de los lugares de trabajo, entre otras.

En cuanto a la tarea específica de los y las peritos, desde la Comisión ratifican lo expresado en el Protocolo de Prevención para Peritos del Poder Judicial, redactado en conjunto con el equipo de Salud Laboral de la AJB:

● Para la realización de las pericias requeridas, cada perito, sección o equipo tiene el derecho y el deber de elegir las técnicas y modalidades de acción pertinentes para desarrollar la tarea de acuerdo a la legislación vigente en materia de salud pública en el contexto de pandemia y las obligaciones del empleador de garantizar la salud de las y los trabajadores.

● En caso que el o la profesional opte por una intervención presencial, se recomienda en primera instancia realizar una comunicación remota con la persona y/o referente a evaluar o peritar a fin de recabar información acerca de las posibilidades de traslado y la situación de salud (si es población de riesgo, síntomas compatibles con COVID, etc.) y cualquier otro dato que resulte relevante considerar.

Asimismo, los y las peritos nucleados en la AJB destacaron que para la evaluación presencial de niños, niñas y adolescentes resulta necesario el establecimiento de un lazo transferencial que facilite la palabra y la instalación de la confianza, ya que la mayoría de las veces son situaciones difíciles de contar (violencias, abusos, conflictos parentales), y en esta nueva etapa de presencialidad esto seguirá afectado por el protocolo vigente: barbijo, mamparas y distanciamiento.

Por otro lado, advirtieron que el espacio lúdico -muy importante para las evaluaciones en niños y niñas- continuará viéndose obstaculizado a la hora de sostener el distanciamiento de 2 metros que la resolución 1651/21 estipula en función de las normas sanitarias. “Esto reduce las posibilidades de comunicación con las y los niños, mucho más cuando hablamos de las y los más pequeños. Teniendo en cuenta estas limitaciones, la producción pericial constituirá un informe preliminar donde consten las fundamentaciones pertinentes a cada situación particular”, señalaron desde la Comisión de Peritos.

A su vez expresaron que en caso que el o la perito considere indispensable la realización de una entrevista presencial, deberán extremarse las precauciones para evitar las aglomeraciones. “Las entrevistas o audiencias presenciales deben realizarse en lugares habilitados que reúnan las condiciones relativas a la proporción entre cantidad de personas y metros cuadrados necesaria para mantener un mínimo de dos metros entre cada participante, más los espacios necesarios de circulación”.

Y agregaron: “El ambiente donde se realice la entrevista debe tener ventilación natural suficiente y continua. En el caso de ambientes que cuenten con aire acondicionado, los equipos deben utilizar filtros de aire HEPA, de lo contrario sólo serían nocivos y podrían difundir el virus. Los ventiladores generan el mismo riesgo, en especial los de techo. Además, antes y después de cada entrevista o audiencia, el personal de limpieza deberá realizar la higienización y ventilación del ambiente”.

Con respecto al trabajo en territorio (entrevista en contexto habitacional y/o socio comunitario, informe socioambiental, entrevista institucional, etc.) advirtieron que resulta más complejo contemplar las medidas dispuestas en los domicilios y/o instituciones por parte de las y los entrevistados, por lo que recomiendan:

● Para el desplazamiento hasta el domicilio o institución donde deba realizarse la actividad pericial, se preferirán los medios que permitan mantener el distanciamiento preventivo (caminar, bicicleta, motovehículo, remise, automóvil personal sin chofer, automóvil oficial). El o la perito debe evitar hacer uso del transporte público.

● El lugar donde se realice la entrevista debe tener ventilación natural. En caso de no haberla, se recomienda realizar las entrevistas en lugares abiertos.

Además recomiendan respetar las medidas de prevención sanitaria dispuestas para toda intervención pericial, advirtiendo en el informe la especificidad de la técnica utilizada cuando no es posible realizar un informe socioambiental por las características específicas que dicha técnica implica.

Por último, sugieren a las y los peritos de Administración de Justicia verificar la regularización del pago de gastos de movilidad para la realización de tareas en territorio. Y en caso de estar frente a situaciones que ponen en peligro su salud, comunicarse con las y los compañeros de las conducciones departamentales y provincial de la AJB.

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